CONDICIONES GENERALES DEL PROGRAMA:
Tienen derecho a la solicitud de un Bono o de un Apartamento de Vacaciones, todos los trabajadores en activo del BBVA con contrato fijo o temporal superior a un año en la fecha de su solicitud y los trabajadores pasivos, en situación de prejubilación, jubilación, invalidez y viudedad (en este último caso mientras tenga hijos a su cargo de hasta 17 años de edad).
Y con carácter excepcional, el colectivo del Banco que se encontraba en situación de viudedad a 18-10-2007, fecha de firma del acuerdo colectivo. Además del personal que teniendo suspendido su contrato de trabajo con BBVA por estar prestando servicios en otra entidad del Grupo, y tenga reconocido en su contrato de suspensión el mantenimiento de los beneficios sociales de BBVA.